TRASLADO A OTROS TECNOLÓGICOS



Un alumno de licenciatura tendrá derecho un número indeterminado de traslados entre las Instituciones adscritas al TecNM, inclusive si regresa a un Instituto en el que haya estado adscrito previamente, siempre y cuando el estudiante logre terminar su carrera dentro del periodo reglamentario de 12 semestres. debiendo cumplir con los siguientes requisitos: 

a.El traslado se efectuará previa consulta y comunicación entre los dos planteles para verificar lo siguiente:

b.Que exista la carrera solicitada.

c.Que se ofrezca el semestre correspondiente.

d.Que exista cupo.

 

El Instituto Tecnológico de procedencia emitirá una carta de presentación y anexo a ésta, el seguimiento escolar del alumno y expediente completo del alumno en sobre cerrado y  sellado. 

El traslado procede independientemente de la situación académica en que se encuentre el estudiante, aun cuando el estudiante tenga asignaturas en situación de curso de repetición y/o especial.

En caso de existir necesidad de efectuar una convalidación de estudios, el trámite será realizado por el Instituto Tecnológico que recibe al alumno. 

El alumno será el encargado de trasladar sus documentos en sobre cerrado y sellado por el Instituto Tecnológico de procedencia. 

Lineamiento para traslado