TRASLADO A OTROS TECNOLÓGICOS
Un alumno de licenciatura tendrá
derecho un número indeterminado de traslados entre las
Instituciones adscritas al TecNM, inclusive si regresa a un
Instituto en el que haya estado adscrito previamente, siempre
y cuando el estudiante logre terminar su carrera dentro del
periodo reglamentario de 12 semestres. debiendo cumplir con
los siguientes requisitos:
a.El traslado se efectuará
previa consulta y comunicación entre los dos planteles para
verificar lo siguiente:
b.Que exista la carrera solicitada.
c.Que se ofrezca el semestre
correspondiente.
d.Que exista cupo.
El Instituto Tecnológico de procedencia emitirá una carta
de presentación y anexo a ésta, el seguimiento escolar del
alumno y expediente completo del alumno en sobre cerrado y
sellado.
El traslado procede independientemente de la
situación académica en que se encuentre el estudiante, aun
cuando el estudiante tenga asignaturas en situación de curso de
repetición y/o especial.
En caso de existir necesidad de
efectuar una convalidación de estudios, el trámite será
realizado por el Instituto Tecnológico que recibe al alumno.
El alumno será el encargado de trasladar sus documentos en
sobre cerrado y sellado por el Instituto Tecnológico de
procedencia.
Lineamiento para traslado